"El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son".
Artículo 490/3 del Código Penal vigente en el Reino de España
Texto que, acertadamente, algunos invocan para decir que Ricardo Sáenz de Ynestrillas es un delincuente, pero que dependiendo de los casos (¿Qué pasaría si esa frase la hubiéremos escrito aquí nosotr@s mismamente?) se debe considerar libertad de expresión y desarrollo de la creatividad musical.
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